| El Convenio |
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| Cuadernos Temáticos - Administración Bahá'í | ||||||
| Lunes, 25 de Febrero de 2008 16:55 | ||||||
Página 1 de 3 El convenio (Persa, 'ahd; árabe, mítháq) El contrato espiritual que vincula a Dios y la humanidad. La Fe Bahá'í reconoce dos convenios: primero, el convenio mayor, entre Dios, representado por la Manifestación de Dios (q.v.), por una parte, y humanidad en la otra, en el cual Dios promete continuar enviando la guía a la humanidad, mientras la humanidad, por su parte, promete obedecer y seguir estas enseñanzas cuando ellas vienen. Parte de este convenio mayor es la obligación que cada Manifestación de Dios de indicar a sus seguidores aceptar la siguiente Manifestación. Segundo, el convenio menor, que obliga a los individuos Bahá'ís a aceptar la jefatura de los designados sucesores de Bahá'u'lláh y las instituciones administrativas de la Fe. La firmeza en el convenio es una de las principales virtudes religiosas Bahá'ís y no incluye sólo aceptación de la legitimidad de la institución Bahá'í sino mucho más generales actitudes de lealtad y compromiso sincero con la Fe Bahá'í y la comunidad Bahá'í. Desafiar la autoridad del centro de la Fe Bahá'í es la ofensa espiritual más seria que un Bahá'í puede cometer. Es llamado rompimiento del Convenio y se considera que es una enfermedad espiritual y se castiga con la expulsión de la comunidad. Bahá'u'lláh demanda ser el cumplimiento del convenio establecido por todos los profetas del pasado acerca de un gran día en el futuro cuando todas las promesas de Dios serán cumplidas. "La Revelación que desde tiempo inmemorial ha sido aclamada como el Propósito y Promesa de todos los profetas de Dios y como el más caro deseo de sus mensajeros, ha sido ahora manifestada a los hombres por virtud de la penetrante Voluntad del Todopoderoso y de su irresistible mandato. El advenimiento de tal Revelación ha sido anunciado en todas las Sagradas Escrituras." (GWB 3:5) La parte de la humanidad del arreglo convenial desde el punto de vista de las enseñanzas bahá'ís puede resumirse mejor en la frase de apertura del Kitáb-i-Aqdas: El primer deber prescrito por Dios a Sus siervos es el reconocimiento de Aquel que es la Aurora de Su Revelación y la Fuente de Sus leyes, Quien representa a la Deidad tanto en el Reino de Su Causa como en el mundo de la creación. El que haya cumplido este deber ha logrado todo bien; y el que esté privado de él se ha extraviado, aunque fuese autor de toda obra justa. Incumbe a todo el que alcance esta muy sublime estación, esta cumbre de trascendente gloria, observar cada uno de los preceptos de Aquel que es el Deseo del mundo. Estos dos deberes son inseparables. Ninguno es aceptable sin el otro. Así lo ha decretado Quien es la Fuente de inspiración divina. (SCK 11) Bahá'u'lláh mantuvo la continuación del convenio mayor en el futuro declarando que a su debido tiempo otra Manifestación de Dios se levantaría pero que esto no ocurriría durante por lo menos unos mil años: "Quienquiera que sostenga la pretensión de ser una Revelación directa de Dios, antes de la expiración de un lapso de mil años, tal hombre es, con seguridad, un impostor mentiroso." (WOB 132) C. El Convenio Menor El Convenio Menor (también llamado "el Convenio especifico" WOB 137) se refiere al acuerdo entre una Manifestación de Dios y sus seguidores con respecto a la continuación de la autoridad en su religión. Aunque se considera haber existido precedentes de esto en las religiones anteriores (ver sección 1), Shoghi Effendi afirma que ninguna religión anterior tiene el asunto de la sucesión como importante ni el nombramiento del sucesor ha sido claro. El hecho de que la sucesión de la autoridad y las instituciones centrales de la Fe de Bahá'í se haya establecido por documentos escritos para que ellos no pudieran cuestionarse después se enfatiza por Shoghi Effendi como un "rasgo distintivo de la religión de Bahá'u'lláh". (WOB 21-22) Mientras que la 'Tabla de la Rama', compuesta en el período de Edirne claramente había dado señales de la elevada estación de "la Rama de Santidad" y el Kitáb-i-Aqdas ha especificado que esta estación alta implicaba la dirección de la comunidad de bahá'í que después de que Bahá'u'lláh, sólo bastaba con abrir del Kitáb-i -'Ahd (el Libro del Convenio, q.v.) después del fallecimiento de Bahá'u'lláh (ver "Ascensión de Bahá'u'lláh") para reconfirmar que con la 'Rama' se hacia referencia a Abdu'l-Bahá. Tan firme y bien definido era esta nominación que Mírzá Muhammad 'Alí quien se alzo en rebelión contra la autoridad de 'Abdu'l-Bahá, nunca cuestionó el hecho de que 'Abdu'l-Bahá había sido designado como el sucesor de Bahá'u'lláh. Él solo disputo la actuación de 'Abdu'l-Bahá como líder. El convenio menor fue ampliado por 'Abdu'l-Bahá en su 'Voluntad y Testamento' (q.v.) por el nombramiento de Shoghi Effendi como Guardián de la Fe de Bahá'í. En este documento, 'Abdu'l-Bahá también afirma la autoridad de la Casa Universal de Justicia, confirmando así como la otra institución en que la dirección se ha conferido por los procesos del Convenio Bahá'í. Shoghi Effendi escribe del 'Voluntad y Testamento' es el resultado de la "mística unión" entre Bahá'u'lláh y 'Abdu'l-Bahá. "Las energías creadoras liberadas por la Ley de Bahá'u'lláh al penetrar y desarrollarse en la mente de 'Abdu'l-Bahá, dieron lugar por su propio impacto y estrecha acción mutua, al nacimiento de un Instrumento que puede considerarse como la Carta Magna del Nuevo orden Mundial…" (WOB 144, cf GPB 325-6). Además de las funciones para la dirección de la comunidad bahá'í, conferidos a 'Abdu'l-Bahá y Shoghi Effendi, el Convenio confiere en 'Abdu'l-Bahá y Shoghi Effendi la posición de ser los únicos intérpretes autorizados de la escritura bahá'í. En el Kitáb-i-Aqdas, Bahá'u'lláh establece: "Remitid lo que no entendáis del Libro" a 'Abdu'l-Bahá (KA 174). De la misma forma 'Abdu'l-Bahá declara que Shoghi Effendi es "el expositor de las palabras de Dios" (WT 11). También se deriva la autoridad de la Casa Universal de Justicia de la evolución del convenio. Lo siguiente es tomado de su Constitución: "La procedencia, la autoridad, los deberes, la esfera de acción de la Casa Universal de Justicia derivan todas de la Palabra revelada de Bahá'u'lláh la que, junto con las interpretaciones y exposiciones del Centro del Convenio y del Guardián de la Causa -quien, después de 'Abdu'l-Bahá, es la única autoridad en la interpretación de las Escrituras Bahá'ís- constituyen los términos de referencia obligatorios de la Casa Universal de Justicia y son el lecho de roca de sus cimientos. La autoridad de estos Textos es absoluta e inmutable hasta el momento en que Dios Todopoderoso revele Su nueva Manifestación, a Quien pertenecerá toda autoridad y poder"(CUJ 3-4) D. El propósito del Convenio. El propósito del convenio se explica en varios pasajes de las escrituras bahá'ís. Siendo que el propósito de la religión es afirmar el establecimiento de la unidad y concordia entre la humanidad (TB 6:63-4, 129-30; GWB 101:206), Bahá'u'lláh advierte, en su 'Libro del Convenio': ¡Oh siervos! Que los medios para lograr el orden no se conviertan en motivo de confusión, y que el instrumento de la unión no dé ocasión para la discordia." El convenio establecido en este libro fue específicamente para anticipar tal desarrollo. 'Abdu'l-Bahá confirma que el propósito central del convenio fue impedir cisma y disensión: Ya que grandes diferencias y divergencias de creencia sectaria se habían levantado a lo largo del pasado, cada hombre con una nueva idea atribuyéndola a Dios, Bahá'u'lláh deseó que no hubiese cimiento o razón para la discordia entre los Bahá'ís. Por consiguiente, con Su propia pluma Él escribió el Libro de Su Convenio, dirigiéndose a todas las gentes del mundo, diciendo, "verdaderamente, yo he señalado a Uno Quien es el Centro de Mi Convenio. Todos deben obedecerlo; todos deben volverse a Él; Él es el Expositor de Mi Libro, y Él está informado de Mi propósito. Todos deben volverse a Él. Todo lo que Él dice es correcto, pues, verdaderamente, Él conoce los textos de Mi Libro. Como Él, nadie conoce Mi Libro." El propósito de esta declaración es que nunca debe haber discordia ni divergencia entre los Bahá'ís sino que ellos siempre deben estar unidos y deben estar de acuerdo. (PUP 322-323, también PUP382, 455-6, SWA 209) La misión específica de Bahá'u'lláh se relaciona con la unidad mundial. Ya que sería imposible para la Fe de Bahá'í unir el mundo si estuviera que desunida, el papel del convenio como el garante de la unidad de la comunidad bahá'í se une indisolublemente con la meta de unidad mundial: "Es evidente que el eje de la unidad del mundo de humanidad es el poder del Convenio y nada más." (TDP 49, cf GPB 239, SWA 208-9). Shoghi Effendi también se refiere al convenio como el medio para dirigir y controlar el poder espiritual liberado por la venida de Bahá'u'lláh: "Para dirigir y canalizar estas fuerzas" y "para garantizar su operación armoniosa y continua después de Su ascensión." (GPB 237) Él se refiere a su propósito para "perpetuar la influencia de esa Fe, asegurar su integridad, protegerla del cisma, y estimular su expansión mundial…" (GPB 244-5) |
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